Al momento de vender una propiedad, hay diversos gastos de la operación inmobiliaria a tener en cuenta, que deberá afrontar el propietario. Gastos escriturales, de honorarios profesionales, así como impuestos y tasas. En esta nota te contamos qué es el ITI, y en qué casos corresponde pagarlo; además, en qué otros casos corresponde pagar Impuesto a las Ganancias al vender una propiedad.

Para eso consultamos a la Dra. Silvina Peiré, abogada y titular del Estudio Peiré, especialista en Derecho Inmobiliario, para que despeje todas las dudas que puedan surgir sobre el ITI, el COTI y el Impuesto a las Ganancias.

¿Qué es el ITI?
Dra. Silvina Peiré

¿Qué es el ITI?

Es el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles, un impuesto nacional equivalente al 1,5% del valor de venta del inmueble.

¿Quiénes deben pagarlo y en qué casos?

El ITI lo tributan las personas físicas y sucesiones indivisas al momento de vender una propiedad. Sólo aplica a la venta de inmuebles que hayan sido adquiridos hasta el 31 de diciembre de 2017 inclusive.

Excepciones: este impuesto no alcanza a las personas jurídicas, ni a las propiedades adquiridas a partir del 1° de enero de 2018. Tampoco se paga el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles si la propiedad que se vende es una vivienda (“casa-habitación”) y se va a hacer un reemplazo de la misma. En este caso, deberá tramitarse el “Certificado de No Retención de ITI”.

¿Cómo puedo pedir el Certificado de No Retención de ITI?

Si la propiedad a vender es “casa-habitación” se debe tramitar la exención del ITI ante la AFIP. Este organismo emitirá un Certificado de No Retención, el cual le permitirá al escribano interviniente escriturar sin retener dicho impuesto al propietario vendedor.

¿Qué es el COTI?

Se trata del Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles. No es un impuesto. Se tramita al momento de ofrecer en venta un inmueble (o derechos sobre inmuebles a construir) situado en la República Argentina. Este trámite se realiza a través de la web de AFIP.

El COTI alcanza a inmuebles o derechos sobre inmuebles a construir, cuyo precio sea igual o superior a $ 1.500.000. Se debe tramitar uno por inmueble, independientemente de la cantidad de titulares registrales.

Ganancias

¿Debo pagar Impuesto a las Ganancias al vender una propiedad?

Para los inmuebles adquiridos a partir del 1° de enero de 2018 se tributará en concepto de Impuesto a las Ganancias, el 15% sobre la diferencia entre el precio de compra y el precio de su posterior venta. Este impuesto alcanza no sólo a la propiedades en territorio nacional argentino, sino también a las propiedades en el exterior.

Excepción: al igual que sucede con el ITI, no se paga el impuesto si se trata de una vivienda. Es decir, si se vende el inmueble donde vivía el propietario, entonces no deberá pagar Impuesto a las Ganancias por dicha venta.

¿Cómo afecta la suba del dólar en el tiempo, en ese 15% de diferencia entre valor de compra y de venta?

Supongamos que hace unos años alguien compró una propiedad (después de enero de 2018) a un determinado precio y actualmente la está vendiendo a otro precio distinto. Siendo que el impuesto se tributa en pesos argentinos, la pregunta que puede surgir es ¿qué sucede con el tipo de cambio? ¿Afectará en algo?

Pues bien, la diferencia en el tipo de cambio ocasionada por los vaivenes del dólar, no es alcanzada por el impuesto. Se deberán convertir, tanto el precio de compra como el precio de venta, al tipo de cambio vendedor del Banco Nación al momento que se realice la operación.

¿Y qué pasa si vendo un inmueble heredado?

Si se hereda un inmueble, lo que se toma en cuenta no es la fecha en que lo ha heredado, sino la fecha de adquisición del mismo por parte del causante. Por ende, le corresponderá tributar el ITI si el causante había adquirido el inmueble con anterioridad al 31 de diciembre de 2017. Por el contrario, se deberá pagar Impuesto a las Ganancias si dicha adquisición se realizó después del 1° de enero de 2018.

En conclusión, al momento de vender una propiedad se debe tener bien en claro cuáles son los valores de estos impuestos, así como de otros gastos relacionados con la operatoria, para no llevarnos sorpresas desagradables. De esta manera, podremos calcular con certeza cuánto dinero obtendremos realmente por la venta de nuestra propiedad, una vez deducidos los gastos aparejados.

Por eso es importante contar siempre con el asesoramiento de un corredor público inmobiliario y su equipo. Ya sea que quieras comprar o vender una propiedad, los equipos de la red RE/MAX están para informarte, asesorarte y guiarte durante todo el proceso.

* Para ejercer la actividad inmobiliaria se debe cumplir con los requerimientos de la ley de corretaje dentro de cada jurisdicción. Todas las operaciones son objeto de intermediación y conclusión por parte de un corredor público inmobiliario matriculado. Los Agentes/Gestores no pueden realizar actos que, por disposiciones legales, se encuentran reservados exclusivamente a los corredores públicos inmobiliarios matriculados. Cada oficina es de propiedad y gestión independiente.