Conocé los derechos que tenés al alquilar casa o departamento en la Ciudad de Buenos Aires
IMPORTANTE ACTUALIZACIÓN: A partir del 18 de septiembre de 2017 entran en vigencia modificaciones a la ley 2.340, las que, entre otras cosas, prohíben cobrarle al inquilino comisiones y/o gastos de informes al momento de alquilar un inmueble con destino vivienda. Nota completa aquí: https://blog.remax.com.ar/index.php/2017/09/18/alquileres-caba-inquilinos-comisiones/
Si estás buscando casa o departamento para vivir en la ciudad de Buenos Aires, deberías conocer tus derechos
…con respecto a los valores máximos de honorarios profesionales o comisiones que una inmobiliaria puede cobrarte a vos como inquilino.O el porqué de los distintos tipos de informes que se acostumbra pedir y los gastos que implican. Desde RE/MAX Argentina te acercamos algunos puntos clave a tener en cuenta.
Pago de Honorarios Profesionales por la intervención de un Corredor Matriculado
El 4,15% (+ IVA) sobre el valor total del contrato de locación (conf. Art. 57 Ley 2340 CABA).
Depósito en garantía
En los casos de locación con destino a vivienda, el propietario no podrá exigir al inquilino una cantidad mayor del importe equivalente a un mes de alquiler por cada año de contrato; del mismo modo tampoco podrá exigir el pago de alquileres anticipados por períodos mayores a un mes (conf. Art. 1196 Código Civil y Comercial de la Nación (http://www.codigocivilonline.com.ar/articulo-1196/). El contrato de locación de inmueble con destino a vivienda tiene un plazo mínimo legal de 2 años (conf. Art. 1198 del Código Civil y Comercial de la Nación (http://www.codigocivilonline.com.ar/articulo-1198/). Es decir que para un contrato de alquiler tradicional de 2 años de duración, el propietario no podrá exigirte más que el importe equivalente a 2 meses de alquiler en concepto de depósito. Cabe aclarar que en la práctica, el propietario suele pedir un solo mes en concepto de depósito. También está regulado en el Código Civil y Comercial que el propietario no podrá exigirle al inquilino alquileres anticipados más allá de un mes. Es decir, no pueden cobrarte más de un mes por adelantado.
Gastos de informes de la garantía
Hay que tener en cuenta que los informes siempre van a depender de la situación del inquilino y del garante que proponga. Los informes que generalmente se pueden llegar a solicitar al momento de concretar un alquiler son:
- A. Informe de Dominio: permite conocer la situación jurídica de un inmueble ofrecido en calidad de garantía, según información del Registro de la Propiedad competente. Incluye información acerca de quién es el titular del inmueble (a nombre de quién o quiénes está), la existencia de embargos, hipotecas, servidumbres, derechos reales en general, afectación a bien de familia y otras posibles situaciones.
- B. Informe de frecuencia: El informe de frecuencia de pedidos brinda información acerca de cuántas veces fue solicitado un Informe de Dominio sobre una matrícula de un inmueble en los últimos 90 días. Una frecuencia alta (es decir, si se han pedido informes varias veces sobre el mismo inmueble recientemente) puede ser indicio de que se trate de una “garantía comprada”. En caso de que el inmueble ofrecido en garantía esté radicado en CABA y pertenezca a un familiar directo del inquilino, algunas inmobiliarias pueden optar por no pedirlo ya que no lo consideran necesario.
- C. Informe de Inhibición: El informe de inhibición se pide por cada uno de los titulares de dominio, e informa si los mismos se encuentran inhibidos para disponer libremente de sus bienes.
Los valores al público de dichos informes en el mostrador del Registro de la Propiedad Inmueble (Venezuela 1135, CABA) se encuentran publicados en la página web oficial del organismo: http://www.dnrpi.jus.gov.ar/tabla_valores/tabla_valores.php. Se debe tener en cuenta que, para obtener todos los informes necesarios, las inmobiliarias suelen recurrir a servicios externos y arancelados de gestoría, que aumentarán el costo final de los informes: es decir no será el mismo valor que al mostrador del Registro, sino mayor.
Gastos de escribanía para certificación de firmas
Del mismo modo que sucede con los gastos de informes, los gastos de escribanía serán acordes a la situación particular de cada inquilino. Se deberán certificar tantas firmas como titulares de dominio tenga el inmueble, más la certificación de la firma del inquilino. Estas certificaciones, además de dar fe de la veracidad de las firmas intervinientes, proporcionan una fecha cierta a la celebración del acto de firma del contrato correspondiente.
El precio de estas certificaciones dependerá de la escribanía interviniente. Todos los gastos realizados deberán ser debidamente justificados. Tenés derecho a pedir facturas o recibos de dichos gastos.
Link útiles para el allquiler de una vivienda en CABA
Registro de la Propiedad Inmueble de la Ciudad de Buenos Aires:
http://www.dnrpi.jus.gov.ar/
Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires:
http://www.cucicba.com.ar/noticia/924/alquiler-de-vivienda-unica..asp
http://www.cucicba.com.ar/preguntas_frecuentes_detalle.asp?id=10
Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires:
http://www.defensoria.org.ar/
http://www.defensoria.org.ar/noticias/la-defensoria-presenta-una-guia-para-que-conozcas-cuales-son-tus-derechos-como-inquilino-y-como-hacerlos-valer/
Código Civil y Comercial de la Nación:
http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/235000-239999/235975/norma.htm